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Qué datos tener en cuenta para las Elecciones Generales

Cabe recordar que quienes no votaron en las PASO, pueden votar en las Generales, y podés justificar la no emisión del voto en la Secretaría Electoral de tu distrito, hasta 60 días después de las PASO. Es decir que el 12 de octubre vence este plazo.

Por otra parte, los menores de 18 y los mayores de 70 años al 22 de octubre, no figurarán en el Registro de Infractores si no votaron.

Si el 13 de agosto fuiste Autoridad de Mesa, acercate a la sucursal del Correo Argentino correspondiente a la escuela en la que te desempeñaste para cobrar los viáticos.

Fechas importantes

El 17 de septiembre comienza la campaña electoral. En tanto que 10 días después, se da inicio a la campaña en los servicios de comunicación audiovisual. El 20 de octubre finaliza la campaña electoral y comienza la veda.

El 22 de octubre  se desarrollarán las Elecciones Generales.

¿Qué se elige en las Elecciones Generales?

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Cómo justificar no haber votado en las PASO

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